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COMO VENDER UNA CASA EN MÉRIDA YUCATÁN 2024

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HOLA 

ARPR MÉXICO se enorgullece de sus raíces en Mérida Yucatán y se extiende aún más allá. Tenemos el alcance necesario para brindar las soluciones que usted necesita así como el apoyo para hacer de sus metas una realidad.

Si desea vender su propiedad en compañía de ARPR en la ciudad de Mérida, llene el formulario a continuación y nos contactaremos con usted.

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¡Gracias por contactarte con nosotros! Le contactaremos en brevedad.

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VENTA POR EL PROPIETARIO

Antes de Vender tu propiedad debes llevar una copia de tu escritura y tus últimos recibos de impuestos sobre la propiedad a un notario público (abogado de contratos mexicano y notario). Éste consultará con la oficina de impuestos estatal y con el registro público de la propiedad para asegurarse de que todos los documentos estén en orden.

 

AVALUO DE LA PROPIEDAD

La tasación de inmuebles en México se basa en el área de propiedad total y el total de metros cuadrados de la construcción. Sin embargo, hay otros factores que influyen sobre el valor de la casa, como la zona en la que se encuentra y valores similares de venta de otras propiedades en la misma zona. Contrata a un tasador o profesional inmobiliario para ayudarte a encontrar el verdadero valor de tu casa. Es necesario hacer un estudio previo del valor comercial en la zona, para verder tu propiedad más rápido.

Si estas vendiendo tu propiedad en Mérida, no dudes en contactarnos, somos tu inmobiliaria en Mérida y estamos para ayudarte. contáctanos.

 

 

ANUNCIA TU INMUEBLE

Haz la publicidad de la casa en todos los medios posibles, utiliza las redes sociales y sitios de internet con presencia para hacer el proceso más rápido, utiliza anuncios en línea en redes sociales como Facebook e Instagram, locales y grupos para anunciar tu casa. Coloca un anuncio en folletos inmobiliarios de propiedades locales y revistas, utiliza la publicidad de boca a boca. Las comunidades de extranjeros en México son muy cercanas, así que es importante que todos sepan que quieres vender tu casa. Ellos le dirán a los recién llegados sobre la venta de tu casa.

 

Encuentra al comprador y ve con el al notario público. El notario te ayudará a procesar todos los acuerdos de compra finales y la transferencia de la escritura usando un fideicomiso en (caso de ser extranjero el comprador) Este proceso final toma de 30 a 90 días para completarse.

VENDER MI PROPIEDAD EN MÉRIDA

 

DOCUMENTACIÓN PARA VENDER UNA CASA EN MÉRIDA, YUCATÁN:

Según el Consejo del Colegio de Notarios del Distrito Federal, A.C., para la compraventa de viviendas en Mérida se requieren los siguientes documentos:

 

  1. Título de propiedad o escritura notarial inscrita en el Registro Público de la Propiedad del lugar de ubicación del inmueble.

  2. Acta de matrimonio en caso de haber adquirido el inmueble estando casado. Cuando el vendedor del inmueble lo adquirió al estar casado bajo el régimen de sociedad conyugal, legal o en copropiedad con su cónyuge, debe comparecer éste a la firma de toda la documentación relativa a la compraventa.

  3. Boletas de predial y agua pagadas, cuando menos de los últimos cinco años.

  4. Recibos de luz o teléfono de los últimos dos años

  5. Contrato(s) de arrendamiento en el caso de estar arrendado el inmueble.

 

Inmuebles bajo Régimen de condominio:

En caso de Apartamentos con régimen condominal o casas en privadas residenciales se requiere el reglamento del condominio y una constancia expedida por el administrador sobre la existencia de no deudos en cuotas de mantenimiento y fondos de reserva.

  • 1-.Presentar una identificación oficial.

  • 2-.Croquis de localización para facilitar la ubicación.

ESTRATEGIAS DE PROMOCIÓN:

Para llegar al mayor número de clientes elige los mecanismos apropiados para promocionar la vivienda durante un tiempo adecuado, a continuación te mencionamos algunos:

  • Letreros visibles desde la calle.

  • Carteles distribuidos por los lugares cercanos a tu domicilio.

  • Anuncios en revistas y periódicos.

  • Un letrero fuera de la propiedad

  • Utiliza Internet. Hay diversos portales que promueven la venta de vivienda. Aquí te dan la oportunidad de agregar fotos, vídeos y planos para una mejor promoción.

  • Firmar un contrato con el profesional inmobiliario.

 

 

 

DOCUMENTACIÓN UNA VEZ VENDIDA LA PROPIEDAD

Cuando hayas vendido tu casa o departamento, tienes un plazo aproximado de 30 a 45 días para elaborar y firmar la escritura de compraventa y, por consiguiente, entregar el inmueble a su nuevo propietario.

La documentación que debes entregar a la Notaría que hayas designado es la siguiente:

  1. Boletas de Agua y Predial. El Notario exigirá la comprobación de pago de los últimos 5 años.

  2. Solicita a la Notaría un recibo pormenorizado de todos y cada uno de los documentos que entregues, eso le facilitará el control.

  3. Facilite el acceso a la propiedad a los Valuadores y agentes inmobiliarios que deberán participar en la operación, su trabajo es determinante para efectos fiscales y del crédito.

  4. En el contrato se estableció un plazo máximo para llegar a la contraescritura, lo que significa que para esa fecha debes entregar el Inmueble.

  5. Es importante no descuidar el pago oportuno de luz y/o teléfono, ya que serán a su cargo todos los servicios y gastos originados con fecha anterior a la contraescritura del inmueble, aunque su cobro sea posterior.

  6. Si por algún motivo consideras que no estarás en posibilidad de acudir personalmente a la firma de la escritura en las fechas previstas, avísele al notario para tramitar un poder con suficiente anticipación.

  7. Solicita en la Notaría varios días antes de la contraescritura, un desglose de los posibles gastos o pagos a su cargo, para que los conozca y estés preparado para cubrirlos. Igualmente procura que su comprador sea informado oportunamente de aquellos que correrán por su cuenta.

 

DOCUMENTACIÓN EN ESCRITURA

  1. Llegue con media hora de anticipación por cualquier imprevisto.

  2. Los participantes en la operación deberán identificarse con una credencial oficial vigente con fotografía.

  3. Lleve consigo las llaves del inmueble para poder hacer entrega de la posesión del mismo al comprador.

  4. Entregue al comprador todos los documentos que aún conserve del inmueble, como contratos de gas, luz, planos, etc.

  5. Solicite al comprador de su casa que el pago cualquier saldo pendiente del precio convenido, se lo haga mediante cheque de caja.

RECOMENDACIONES

  • a) Si vas a vender un inmueble usado consulta a un notario para que estés seguro de que lo que vendes es de tu propiedad, pues de lo contrario estarías cometiendo delito.

  • b) No acudas con un supuesto notario que tenga oficinas en dos estados de la República, porque seguramente es un fraude.

  • c) Solicita información en al menos tres notarías y pregunta, de acuerdo con las características de la vivienda, aproximadamente cuánto te cobrarán por el trámite de las escrituras.

  • d) No adquieras un inmueble si no tiene escrituras, pues no tienes la certeza de que quien vende sea el verdadero propietario. Mejor acude con un notario antes de realizar cualquier transacción.

 

GLOSARIO DE TÉRMINOS

  • Honorarios: Los aranceles notariales especifican la tarifa que cobrará el notario, según el valor del inmueble, por un acto de traslación de dominio (compra de un inmueble).

  • Avalúo: Permite conocer el valor comercial del inmueble sobre el cual se calcularán los horarios del notario, impuestos y el costo de algunos trámites.

  • Impuesto sobre adquisición de inmuebles o impuesto sobre traslado de dominio: Impuesto aplicable a personas físicas y morales que adquieran un inmueble. Se calcula mediante una tabla y su valor está función del valor del inmueble.

  • Impuesto Sobre la Renta: Cuando el valor del avalúo exceda el precio pactado en la compra, al total de la diferencia se le considera ingreso de quien adquiere y pagará un impuesto por esa ganancia.

  • Certificado de existencia o inexistencia de gravámenes: Es un documento que se realiza en el Registro Público de la Propiedad mediante el cual se comprueba la situación jurídica registral que guarda un inmueble, el cual tiene una vigencia de 30 días.

  • Derecho de inscripción en el Registro Público de la Propiedad: Este trámite permite la inscripción de documentos por los que se adquiera, transmita, o modifique la posesión de bienes inmuebles, según el Art. 196 del Código Fiscal del Distrito Federal. También existen leyes y reglamentos que rigen la función registral en cada entidad federativa.

  • Escritura notarial: Documento original redactado y autorizado por el notario, en el que se hacen constar actos jurídicos (Testamentos, poderes, adjudicación de bienes por herencia, contratos por compra-venta, donaciones, constitución de sociedades, entre otros).

  • Acta notarial: Documento que redacta y autoriza el notario, en el que hace constar hechos presenciados por él y para brindar certeza y seguridad jurídica (ratificación de firmas, constancia de hechos, notificaciones, entre otros).

  • Gravamen: Carga impuesta sobre un inmueble.

  • Arancel: Tarifa oficial que determina los derechos que se han de pagar por conceptos.

  • Testamento: Acto jurídico, unilateral, individual, personalísimo, libre solemne y revocable, mediante el cual quien lo realiza dispone, para después de su muerte de lo que haya de hacerse de sus bienes y derechos transmisibles, y expresa su voluntad sobre todo aquello que, sin tener carácter patrimonial, pueda ordenar, de acuerdo con la ley.

  • Poder: Autorización en virtud de la cual una persona ejerce en nombre de otra los actos jurídicos que ésta le encargue.

Contacta un profesional inmobiliario en Mérida que venda tu propiedad más rápido y al mejor precio.

 

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