top of page
Foto del escritorARPR MÉXICO

Documentos y Requisitos para Vender una Casa 2024 - ARPR MÉXICO

Actualizado: 11 ene


vendiendo una casa imagen

DOCUMENTACIÓN QUE NECESITAS TENER

Según el Consejo del Colegio de Notarios del Distrito Federal, A.C., para la venta de una vivienda este 2024 se requieren los siguientes documentos y requisitos:


1-.Título de propiedad o escritura notarial

inscrita en el Registro Público de la Propiedad del lugar de ubicación del inmueble.


2-.Acta de matrimonio

en caso de haber adquirido el inmueble estando casado. Cuando el vendedor del inmueble lo adquirió al estar casado bajo el régimen de sociedad conyugal, legal o en copropiedad con su cónyuge, debe comparecer éste a la firma de toda la documentación relativa a la compraventa.


3-.Boletas de predial y agua pagadas,

cuando menos de los últimos cinco años.


4-.Recibos de luz o teléfono de los últimos dos años


5-.Contrato(s) de arrendamiento en el caso de estar arrendado el inmueble.


6-. Presentar una identificación oficial.

(INE, Pasaporte o Cartilla Militar)


7-. Croquis de localización para facilitar la ubicación.

Pequeño croquis o plano catastral en donde se ubique el inmueble, esto es más necesario en caso que el inmueble sea de regimen de condominio (Se encuentre en algun edificio, una privada residencial o conjunto habitacional



¿Cómo puedo vender mi casa si no tengo las escrituras?

¿Que necesito para vender mi casa? Si contabas con las escrituras pero las extraviaste, necesitaras acudir al notario que elaboro las escrituras para solicitar una reposición, igualmente puedes acudir al registro publico de la propiedad del lugar de la residencia y ver el estatus de la propiedad que quieres vender, en caso de que la propiedad este intestada o no tenga escrituras deberás solicitar los derechos como familiar. Uno de los requisitos para vender una casa es que deberá acudir a un juzgado para solicitar una sucesión testamentaria. Las únicas personas que podrán someterse a un juicio testamentario son los familiares legítimos del fallecido, ya que ese trámite sólo otorga beneficios a los herederos consanguíneos o legalmente declarados como familia.


Inmuebles bajo Régimen de condominio:

En caso de Apartamentos con régimen condominal o casas en privadas residenciales o conjuntos habitacionales se requiere el reglamento del condominio y una constancia expedida por el administrador sobre la existencia de no deudos en cuotas de mantenimiento y fondos de reserva.

  • 1-.Presentar una identificación oficial.

  • 2-.Croquis de localización para facilitar la ubicación.


DOCUMENTACIÓN UNA VEZ VENDIDA LA PROPIEDAD

Cuando hayas vendido tu casa o departamento, tienes un plazo aproximado de 30 a 45 días para elaborar y firmar la escritura de compraventa y, por consiguiente, entregar el inmueble a su nuevo propietario.

los documentos y requisitos para vender una casa que debes entregar a la Notaría que hayas designado es la siguiente:

  1. Boletas de Agua y Predial. El Notario exigirá la comprobación de pago de los últimos 5 años.

  2. Solicita a la Notaría un recibo pormenorizado de todos y cada uno de los documentos que entregues, eso le facilitará el control.

  3. Facilite el acceso a la propiedad a los Valuadores y agentes inmobiliarios que deberán participar en la operación, su trabajo es determinante para efectos fiscales y del crédito.

  4. En el contrato se estableció un plazo máximo para llegar a la contraescritura, lo que significa que para esa fecha debes entregar el Inmueble.

  5. Es importante no descuidar el pago oportuno de luz y/o teléfono, ya que serán a su cargo todos los servicios y gastos originados con fecha anterior a la contraescritura del inmueble, aunque su cobro sea posterior.

  6. Si por algún motivo consideras que no estarás en posibilidad de acudir personalmente a la firma de la escritura en las fechas previstas, avísele al notario para tramitar un poder con suficiente anticipación.

  7. Solicita en la Notaría varios días antes de la contraescritura, un desglose de los posibles gastos o pagos a su cargo, para que los conozca y estés preparado para cubrirlos. Igualmente procura que su comprador sea informado oportunamente de aquellos que correrán por su cuenta.


DOCUMENTACIÓN EN ESCRITURA

  1. Llegue con media hora de anticipación por cualquier imprevisto.

  2. Los participantes en la operación deberán identificarse con una credencial oficial vigente con fotografía.

  3. Lleve consigo las llaves del inmueble para poder hacer entrega de la posesión del mismo al comprador.

  4. Entregue al comprador todos los documentos que aún conserve del inmueble, como contratos de gas, luz, planos, etc.

  5. Solicite al comprador de su casa que el pago cualquier saldo pendiente del precio convenido, se lo haga mediante cheque de caja.




QUÉ HACE UN NOTARIO

El notario público te acompañara en el proceso, el llevara acabo el proceso de forma legal, el notario desempeña un papel importante en los trámites de la venta de una casa, porque es el encargado de dar certeza jurídica tanto a la parte vendedora como a la compradora según lo siguiente:

  • Revisa la validez de los documentos presentados por la parte vendedora, y de acuerdo con los mismos, determina la capacidad legal de ésta última para disponer del inmueble.

  • Obtiene del Registro Público de la Propiedad correspondiente y de las distintas tesorerías o Administraciones de Rentas, las respectivas constancias en las que se acredita que el inmueble está libre de gravámenes o limitación de dominio, y que el propietario está al corriente del pago de sus contribuciones.

  • Calcula, recauda y paga los impuestos locales y federales que cause la compraventa.

  • Expide un testimonio (copia certificada de la escritura con todos sus comprobantes) y tramita su inscripción en el Registro Público de la Propiedad donde se registra al nuevo propietario.

  • Cobra los derechos de avalúos, gestorías y demás gastos que genere una escrituración.

  • Recuerda que los honorarios del notario se calculan en función de lo que la autoridad le señala que debe cobrar, el llamado “Arancel”, por ejemplo en el Distrito Federal es del orden de la sexta parte del pago total hecho al notario, según el Colegio de Notarios del Distrito Federal.


RECOMENDACIONES

a) Si vas a vender un inmueble usado consulta a un notario para que estés seguro de que lo que vendes es de tu propiedad, pues de lo contrario estarías cometiendo delito.

b) No acudas con un supuesto notario que tenga oficinas en dos estados de la República, porque seguramente es un fraude.

c) Solicita información en al menos tres notarías y pregunta, de acuerdo con las características de la vivienda, aproximadamente cuánto te cobrarán por el trámite de las escrituras.

d) No adquieras un inmueble si no tiene escrituras, pues no tienes la certeza de que quien vende sea el verdadero propietario. Mejor acude con un notario antes de realizar cualquier transacción.




Encuentra aquí casas en Mérida Yucatán, la ciudad de México más segura para vivir.


GLOSARIO DE TÉRMINOS

Honorarios: 

Los aranceles notariales especifican la tarifa que cobrará el notario, según el valor del inmueble, por un acto de traslación de dominio (compra de un inmueble).


Avalúo:

Permite conocer el valor comercial del inmueble sobre el cual se calcularán los horarios del notario, impuestos y el costo de algunos trámites.


Impuesto sobre adquisición de inmuebles o impuesto sobre traslado de dominio:

Impuesto aplicable a personas físicas y morales que adquieran un inmueble. Se calcula mediante una tabla y su valor está función del valor del inmueble.


Impuesto Sobre la Renta:

Cuando el valor del avalúo exceda el precio pactado en la compra, al total de la diferencia se le considera ingreso de quien adquiere y pagará un impuesto por esa ganancia.


Certificado de existencia o inexistencia de gravámenes: 

Es un documento que se realiza en el Registro Público de la Propiedad mediante el cual se comprueba la situación jurídica registral que guarda un inmueble, el cual tiene una vigencia de 30 días.


Derecho de inscripción en el Registro Público de la Propiedad: 

Este trámite permite la inscripción de documentos por los que se adquiera, transmita, o modifique la posesión de bienes inmuebles, según el Art. 196 del Código Fiscal del Distrito Federal. También existen leyes y reglamentos que rigen la función registral en cada entidad federativa.


Escritura notarial: 

Documento original redactado y autorizado por el notario, en el que se hacen constar actos jurídicos (Testamentos, poderes, adjudicación de bienes por herencia, contratos por compra-venta, donaciones, constitución de sociedades, entre otros).


Acta notarial:

Documento que redacta y autoriza el notario, en el que hace constar hechos presenciados por él y para brindar certeza y seguridad jurídica (ratificación de firmas, constancia de hechos, notificaciones, entre otros).


Gravamen: 

Carga impuesta sobre un inmueble.


Arancel: 

Tarifa oficial que determina los derechos que se han de pagar por conceptos.


Testamento:

 Acto jurídico, unilateral, individual, personalísimo, libre solemne y revocable, mediante el cual quien lo realiza dispone, para después de su muerte de lo que haya de hacerse de sus bienes y derechos transmisibles, y expresa su voluntad sobre todo aquello que, sin tener carácter patrimonial, pueda ordenar, de acuerdo con la ley.


Poder o carta poder: 

Autorización en virtud de la cual una persona ejerce en nombre de otra los actos jurídicos que ésta le encargue.


Encuentra aquí casas en Mérida Yucatán, la ciudad de México más segura para vivir.

Venta por el propietario

Lleva una copia de tu escritura y tus últimos recibos de impuestos sobre la propiedad a un notario público (abogado de contratos mexicano y notario). Éste consultará con la oficina de impuestos estatal y con el registro público de la propiedad para asegurarse de que todos los documentos estén en orden.

Una vez que tengas la documentacion antes mencionada en mano, es momento de empezar a promover tu propiedad, puedes optar por venderla tu mismo o acudir a una agencia inmobiliaria que te ayude, si decides venderla tu mismo es necesario que la promociones con publicidad pagada en internet, en sitios especializados, asi como en redes sociales. en Arpr México podemos ayudarte a vender tu inmueble, contamos con tecnologia y alcance para vender rapido tu propiedad. Nuestros planes cuentan con publicidad en Redes incluida. Solo tienes que publicar tu propiedad.





Usando un agente de bienes raíces local

Prepara la documentación de tu casa como lo hiciste en el paso 1 y 2 de la primera sección.

Busca un agente de bienes raíces asegúrate que sea un agente de bienes raíces que tenga una gran red de conocidos y que te ofrezca un servicio personalizado. A menudo, la elección de la agencia más grande de bienes raíces no es la mejor idea en México. Los compradores de bienes raíces tienden a elegir los agentes que son conocidos por sus servicios personalizados en México.


Visita los agentes locales de bienes raíces y pregunta acerca de los servicios que incluyen con la comisión de venta. La mayoría te guiará a través del proceso y te acompañará al notario público y va trabajar contigo hasta el cierre final de la venta.

Promueve tu casa con uno o más agentes de bienes raíces. No estás obligado a firmar un contrato de exclusividad y puedes promoverla con varios agentes. Asegúrate de que has negociado un tiempo de venta razonable en tu contrato. No quieres estar con un agente de bienes raíces por tiempo indefinido.


Espera a que la casa se venda, lo que puede tardar desde unos pocos meses hasta varios años, dependiendo del mercado y del precio de venta que hayas establecido.

Contrata los servicios de Profesionales inmobiliarios.






Encuentra aquí casas en venta en Mérida, Yucatán la ciudad más segura de México.

1 Comment


Escuché que, si una persona es mayor y vende los hijos pueden demandar al comprador y recuperar el inmueble, es verdad eso?

Like
bottom of page